El 23 de octubre de 2026 entra en vigor una reforma crucial de la Ley General de Derechos de Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social, que incluye un nuevo artículo 13 bis dedicado a la atención integral y comunitaria en materia de salud mental. Esta reforma representa un avance significativo en la calidad y derechos en la atención a la salud mental en España. Para facilitar su comprensión, el Ministerio de Sanidad ha publicado un documento de preguntas y respuestas.
Una de las cuestiones abordadas en este documento es la regulación de los ingresos involuntarios en salud mental. Según lo establecido en el artículo 13 bis, se mantendrán los procedimientos para realizar ingresos involuntarios tanto urgentes como no urgentes, con la condición de que los primeros deberán ser ratificados judicialmente en un plazo de 72 horas. En casos de urgencia vital, donde el riesgo para la vida es inminente, se deberán seguir las garantías sanitarias que estipula la nueva norma.
El Ministerio de Sanidad también está desarrollando un reglamento que detallará la aplicación del artículo 13 bis, así como un manual de recomendaciones para profesionales y familias. Este manual incluirá ejemplos prácticos sobre cómo implementar las garantías y apoyos necesarios para la toma de decisiones, asegurando que todas las personas, incluidas aquellas con discapacidad, reciban una atención sanitaria equitativa y respetuosa de sus derechos.







