La alimentación que reciben los pacientes durante un ingreso hospitalario, las personas mayores que viven en residencias y los niños de las escuelas infantiles tendrá que adaptarse a nuevos criterios nutricionales. El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que modifica la composición de los menús en hospitales, centros residenciales y escuelas infantiles de 0 a 3 años, con el objetivo de mejorar su calidad nutricional y favorecer hábitos alimentarios más saludables.
La regulación, impulsada por el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 en colaboración con otros departamentos ministeriales, afecta tanto a centros públicos como privados y no se limita a restringir determinados productos. También establece frecuencias mínimas para aumentar el consumo de alimentos frescos, frutas, verduras, legumbres y pescado, además de incorporar criterios de sostenibilidad a la compra y preparación de las comidas.
Uno de los cambios más destacados afecta a la frecuencia con la que podrán servirse los platos preparados. En este sentido, el límite general se establece en un máximo de tres raciones al mes en hospitales y residencias, mientras que en los menús de los menores ingresados y en las escuelas infantiles se reduce a una ración mensual. Las frituras, por su parte, no podrán superar las dos raciones semanales.
La norma también introduce restricciones específicas para la alimentación de niños y adolescentes. Los hospitales no podrán incluir en sus menús alimentos con un contenido elevado de grasas saturadas, azúcares o sal añadida. Estas limitaciones se extienden igualmente a las comidas que se sirven en las escuelas infantiles, con el propósito de evitar que estos productos formen parte habitual de la dieta durante las primeras etapas de la vida.
Más fruta, verdura, legumbres y pescado en los menús
El real decreto no se limita a reducir la presencia de determinados alimentos, sino que establece frecuencias mínimas para aumentar la oferta de productos frescos y de mayor calidad nutricional. En concreto, al menos el 90% de la fruta y el 30% de las hortalizas que se ofrezcan deberán ser frescas y de temporada. Además, se favorecerá el abastecimiento a través de circuitos cortos de distribución, de manera que más del 10% de estos productos proceda de este tipo de canales.
De esta forma, los menús deberán incorporar diariamente frutas y hortalizas, tanto en los primeros platos y las guarniciones como en las ensaladas y los postres. En los centros que ofrezcan pensión completa se establecen al menos tres raciones diarias de hortalizas y entre dos y tres de fruta. Las legumbres también tendrán una presencia más frecuente, y en los menús diarios deberá ofrecerse al menos un plato principal a la semana elaborado exclusivamente con fuentes de proteína vegetal, mientras que en los centros con pensión completa se contemplan al menos cuatro raciones semanales de platos que contengan estas proteínas.
En el caso del pescado, la oferta mínima será de dos raciones semanales como plato principal en los menús diarios, alternando pescado blanco y azul. En los centros con pensión completa, la frecuencia aumentará a tres raciones semanales. También se establecen cambios en la composición de los alimentos elaborados a partir de cereales, como el pan, el arroz y la pasta. Al menos la mitad de la oferta semanal de estos productos en los menús diarios deberá corresponder a variedades integrales, mientras que en los centros con pensión completa se priorizarán los cereales enteros y se reducirá la presencia de harinas refinadas.
Las máquinas expendedoras deberán ofrecer un 70% de productos saludables
Por otra parte, la regulación extiende sus requisitos a las máquinas expendedoras instaladas en los centros incluidos en su ámbito de aplicación. Estos dispositivos deberán ofrecer al menos un 70% de alimentos y bebidas considerados saludables, con el propósito de mejorar también las opciones disponibles fuera de los comedores y servicios de restauración.
Otro de los objetivos de la norma es incorporar criterios de sostenibilidad a la compra de alimentos, para lo cual establece que, al menos el 25% del coste total de adquisición de los productos alimentarios, deberá corresponder a alimentos de producción ecológica, al tiempo que promueve el consumo de productos de proximidad y de temporada. Asimismo, la planificación de los menús tendrá que contar con la supervisión de profesionales con formación en nutrición y dietética. Además, las propuestas alimentarias deberán adaptarse a los diferentes grupos de edad y a las necesidades específicas de salud de las personas usuarias, teniendo en cuenta las situaciones que requieran una alimentación especial.
El texto también incorpora medidas dirigidas a mejorar la detección de problemas nutricionales en estos entornos mediante cribados que permitan identificar situaciones de desnutrición y actuar de forma temprana. A ello se suman medidas para reducir el desperdicio alimentario y limitar el uso de envases y formatos de un solo uso. Los centros deberán adaptar sus servicios de restauración, sus procedimientos de compra y la oferta de alimentos a las nuevas exigencias dentro del periodo transitorio establecido por la norma, que será de 12 meses desde su entrada en vigor.







